martes, 8 de junio de 2010

El Ministerio de Salud prohibió la venta de anteojos pregraduados

La cartera sanitaria santafesina rechazó una presentación efectuada por Loveli SA, una empresa importadora que había solicitado permiso para la venta libre de suplementos visuales prohibidos por la legislación nacional y provincial.


Un intento de una empresa importadora de comercializar en nuestra provincia anteojos pregraduados y para sol fue impedido por el Ministerio de Salud santafesino, que ratificó la ilegalidad de este tipo de suplementos visuales.

El organismo dejó en claro, entre otras cosas, que ningún anteojo puede ser confeccionado sin la receta de un médico oftalmólogo y que el único profesional capacitado para elaborarlo es el técnico universitario. Por eso, el Colegio de Ópticos de la provincia de Santa Fe, primera circunscripción, celebró la decisión ministerial.

Entre sus argumentos, el Ministerio resalta que “el bien jurídico protegido por el marco normativo es la salud pública y ello requiere que el análisis se base en opiniones científicas en la materia”.

En ese sentido, el organismo provincial fundamentó su decisión en las posiciones del Consejo Argentino de Oftalmología (CAO), la Dirección General de Prevención y Atención de Afecciones y Enfermedades de los Ojos y el Colegio de Ópticos de la provincia.

El CAO consideró que sería “un despropósito meramente comercial, carente de todo valor científico y alejado totalmente de la protección de la salud visual de la población, que alguien pretenda fabricar, importar y/o comercializar anteojos pregraduados”.

También advirtió que “las normas federales, nacionales y provinciales sistemáticamente establecen que la única persona científica y legalmente calificada para examinar, diagnosticar y prescribir es el médico”, al tiempo que agregó que “la sola pretensión de fabricar, importar y/o comercializar libremente anteojos pregraduados para corregir ametropías (entre ellas, la presbicia), aduciendo que no tienen fines terapéuticos, es un desatino científico, una violación evidente de la legislación que protege la salud pública visual y, por ende, el ejercicio ilegal de la medicina”.

Antecedentes

En una presentación ante el Ministerio de Salud de la Nación, a fines de 2008, el Consejo Argentino de Oftalmología explicó que “la venta de anteojos pregraduados trae como consecuencia que los usuarios eviten la consulta médica. La consulta al oftalmólogo para examen y prescripción debe ser previa a toda provisión de lentes de cualquier tipo, ya que, en general, cada ojo no ve igual que el otro y el centro óptico varía de una persona a otra”.

Además -agregaba-, el examen es la forma de detectar conjuntivitis, queratoconjuntivitis, queratitis, astigmatismo, presbicia, miopía, hipermetropía y enfermedades que no presentan síntomas, como el glaucoma y los problemas de retina, así como otras patologías como el sida, la hipertensión arterial y la diabetes.

Por su parte, el director general de Prevención y Atención de Afecciones y Enfermedades de los Ojos, Dr. Néstor Monti, también citado en la resolución, planteó que “las lentes pregraduadas -en lo que a armazones se refiere- no contemplan la distancia interpupilar del paciente y/o los centros de cristal. Puedo asegurar que, a pesar de que un lente pregraduado -según relatan- no produce lesión ocular, puede ocasionar, en manos de no profesionales, una grave alteración de la agudeza visual de lejos, al corto o mediano plazo, y requerir lentes permanentes de altas graduaciones”.

Nota publicada en el Diario El Litoral, de la ciudad de Santa Fé el día 7/06/2010

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